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Catálogo de trámitesVer trámite Autorización para la apertura, traslado y cierre de oficinas de las entidades con actividad financiera sometidas al régimen de autorización individual
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Autorización para la apertura, traslado y cierre de oficinas de las entidades con actividad financiera sometidas al régimen de autorización individual
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Autorización para la apertura, traslado y cierre de oficinas de las entidades con actividad financiera sometidas al régimen de autorización individual
Las organizaciones sometidas a vigilancia especial o que se encuentren adelantando programas de recuperación, saneamiento o adecuación de capital o alguna otra de las medidas previstas en el artículo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, deberán obtener para la apertura, traslado o cierre de sus oficinas, previa autorización de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Resultado del trámite:
* Acto administrativo que decide la autorización para la apertura, traslado y cierre de oficinas.
* Oficio de respuesta al control de legalidad.
Requisitos
Que el consejo de administración haya aprobado la apertura, traslado o cierre de sus oficinas.
Que se trate de una cooperativa que ejerce actividad financiera sometida a medidas tales como: plan de ajuste, vigilancia especial, programa de recuperación, saneamiento o adecuación de capital.
On-line Presentación en la Sede Electrónica de la Superintendencia de la Economía Solidaria
Presencial Presentación en los puntos de registro presencial de la Superintendencia de la Economía Solidaria
Observaciones
Tener en cuenta las especificaciones de cada uno de los documentos a aportar según lo establecido en la ficha técnica del trámite contenida en la Circular Básica Jurídica 2020.
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